Mediante Resolución Exenta N° 1216 de fecha 20 de abril de 2022, la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) aprobó las Bases de Licitación de la designación del Organismo Técnico Independiente establecido en la Ley N° 21.046 que establece la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a internet.
Este Organismo Técnico Independiente (OTI) estará encargado de realizar mediciones periódicas de la velocidad que están recibiendo los usuarios de Internet, en el marco de las disposiciones de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada, la cual también considera la creación de una aplicación o herramienta que permita que los propios usuarios puedan realizar mediciones de su velocidad, verificando que están recibiendo el servicio contratado en las condiciones pactadas.
Con fecha 25 de abril de 2022 el Comité Representativo de Velocidad Mínima Garantizada, conformado de acuerdo con el artículo 30 del Decreto Supremo Nº 150 del año 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones - Subsecretaría de Telecomunicaciones, invitó a presentar ofertas para la licitación del Organismo Técnico Independiente a que se refiere la Ley N° 21.046 antes indicada.
Por su parte, con fecha 10 de noviembre de 2022, conforme lo establecido en el cronograma de la licitación, el Comité Representativo de Velocidad Mínima Garantizada en presencia de doña Isabel Margarita Peña, Notario suplente de la 34º Notaría de Santiago, declaró adjudicada a Consorcio M&M Chile la licitación para la Contratación del Organismo Técnico Independiente de Mediciones de Velocidades Garantizadas de Internet en Chile.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto Supremo Nº 150 del año 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y la Subsecretaría de Telecomunicaciones, a continuación, podrá encontrar el acta de adjudicación.